El Consejo de Administración Central podrá conceder préstamos por encima del máximo contemplado en el reglamento vigente, a aquellos socios que demuestren capacidad de pago, garantías sustentables, consistencia como ahorrantes, buen historial de pago en préstamos anteriores, entre otros; todo esto directamente relacionado con la disponibilidad de efectivo de la Cooperativa en el momento.
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